Plan Urbano Ambiental
La Auditoría General de la Ciudad realizó un relevamiento inicial sobre la instrumentación y el seguimiento del Plan Urbano Ambiental durante 2009 y 2010, a cargo del Consejo del Plan Urbano Ambiental (CoPUA), como paso previo a futuras auditorías de gestión que le encomienda la ley que creó el Plan. La revisión encontró que, aunque el Plan es un eje prioritario de la política de la ciudad, su gestión presenta debilidades: falta una metodología de monitoreo y seguimiento, es difícil identificar las acciones del Plan en los presupuestos de los ministerios responsables y el CoPUA depende de partidas que no le son propias. Además, tareas ejecutivas que le fueron asignadas por decretos del año 2002 le insumen más de la mitad de su tiempo, y el organismo no cuenta con procedimientos de control interno ni con la totalidad de los recursos necesarios. La Auditoría concluyó que las actividades del programa no pueden realizarse principalmente por la falta de un diseño metodológico con sus recursos y por esas tareas ejecutivas adicionales.
Principales observaciones- La responsabilidad del Plan fue delegada de un Ministerio a una Subsecretaría, lo que modifica el ámbito de gobernabilidad, y la demora en su aprobación final muestra contradicción entre la definición de la política pública y su ejecución.
- La definición del programa presupuestario (monitoreo y actualización del plan, instrumentación y seguimiento, y foro participativo) no está acompañada de una metodología que permita desarrollar esas actividades en un contexto integral.
- Salvo en el Ministerio de Desarrollo Urbano, resulta difícil identificar las acciones del Plan en programas presupuestarios específicos a cargo de unidades ejecutoras, lo que debilita la concepción de la política y desdibuja el concepto del plan.
- La asignación al CoPUA de otras responsabilidades ejecutivas por los Decretos Nº 1351 y 1352 del año 2002 desvirtúa la concepción originaria del organismo y le insume más del 50% de su tiempo y recursos.
- El reglamento interno del CoPUA no incorpora actividades de control interno, como el ordenamiento de sus procedimientos y la sistematización y resguardo de la información que produce.
- Si bien el organismo recibió los recursos requeridos, destinados básicamente a gastos en personal, surgió la falta de recursos económicos, humanos y materiales, no pudo verificarse la transferencia de recursos del CAPU prevista por decreto y el CoPUA depende de partidas que no le son propias.
La Auditoría verificó que las actividades descriptas en el programa auditado no pueden realizarse principalmente por la carencia de un diseño metodológico con los correspondientes recursos económicos, humanos y materiales, y por el desarrollo de acciones ejecutivas incorporadas por decreto en 2002 que insumen al organismo más del 50% de su tiempo.
Resumen hecho con IA por Ciudad Abierta a partir del informe ejecutivo de la Auditoría. Ante cualquier duda, manda el PDF.
Jurisdicción 30. Ministerio de Desarrollo Urbano. Un. Ej. 333. Consejo del Plan Urbano Ambiental.
ObjetivoObtener información de base para la realización de futuras auditorías de gestión. Relevamiento funcional del organismo. Identificar las debilidades y áreas críticas. (Según resolución AGCBA 218/05).
AlcanceSe definirá en las tareas de auditoría en función del objetivo y de las características de los programas presupuestarios.
Ficha
- Proyecto
- 1.10.16
- Tipo
- Relevamiento
- Año auditado
- 2010
- Período
- 2009
- Dirección
- D.G. Obras y Servicios Públicos
- Supervisión
- Olivares Maria Alejandra
- Auditores
- Dra. Sandra Bergenfeld, Dr. Alejandro Fern ndez, Dr. Juan Carlos Toso, Dr. Santiago De Estrada, Dra. Paula Oliveto Lago, Ing. Adriano Jaichenco, Lic. Josefa Arminda Prada
- Fuente
- ficha en agcba.gov.ar
Fuente: Auditoría General de la Ciudad de Buenos Aires (agcba.gov.ar) · los informes completos se descargan del sitio de la Auditoría