Instituto de la Vivienda.
La Auditoría General de la Ciudad examinó el Instituto de la Vivienda (IVC) durante el año 2008, abarcando los programas de créditos hipotecarios de la Ley 341, Vivienda Porteña, Mejor Vivir y Viviendas Colectivas con Ahorro Previo. Encontró que no existía un registro de los créditos otorgados y rechazados, ni un procedimiento objetivo para elegir a los beneficiarios, lo que habilita la posibilidad de otorgar los préstamos de manera discrecional. Además, de todo el dinero asignado al Instituto en 2008, solo una parte minoritaria se destinó efectivamente a dar créditos para vivienda, y la gestión de cobro de los créditos morosos fue deficiente. También detectó que muchos beneficiarios no cumplían los requisitos exigidos por ley, con casos de viviendas asignadas a personas con mayor poder adquisitivo que el previsto. La Auditoría concluye que se necesitan procedimientos claros de selección y una mejor administración de los fondos, y recomienda al Poder Ejecutivo tomar medidas al respecto.
Principales observaciones- Para el año 2008 no existía un registro de créditos otorgados y no otorgados en ninguno de los programas auditados.
- No había un procedimiento de selección de solicitudes que determinara de forma objetiva el grado de necesidad de cada grupo familiar ni orden de prelación entre los solicitantes, lo que habilita la posibilidad de otorgar préstamos de forma discrecional.
- Del total del crédito vigente asignado al IVC en 2008, solo el 22,8% se destinó al otorgamiento de créditos para la vivienda.
- El IVC no tenía una gestión proactiva en la administración de la cartera crediticia ni en el manejo de la mora, y carecía de una metodología de recupero de créditos morosos.
- Existían créditos clasificados como incobrables sin dictamen legal que avalara esa caracterización, y los estados contables de 2008 no estaban aprobados por el Directorio del IVC.
- El ente no verificaba el cumplimiento de los requisitos exigidos por cada programa al otorgar los créditos, y en los Programas 69, 82 y 87 no se realizaba un análisis de riesgo crediticio.
La Auditoría concluye que, si bien la asignación de créditos cumple los principios de la Ley 1251, no existe un manual de procedimientos que permita priorizar con carácter objetivo el grado de emergencia de cada postulante, y se constató una significativa falta de cumplimiento de los requisitos por parte de los beneficiarios. Recomienda al Poder Ejecutivo de la Ciudad tomar medidas que contribuyan a mejorar la eficiencia en la administración de los fondos destinados a proveer vivienda al sector social necesitado.
Resumen hecho con IA por Ciudad Abierta a partir del informe ejecutivo de la Auditoría. Ante cualquier duda, manda el PDF.
Otorgamiento de Créditos. Programa 68 - Créditos Ley 341/964. Programa 69 - Vivienda Porteña. Programa 82 - Mejor Vivir. Programa 87 - Viviendas Colectivas con ahorro previo.
ObjetivoEvaluar desde el punto de vista legal, técnico y financieros los procesos que durante el período hayan producido resultados mensurables y evaluables.
AlcanceEl alcance será determinado en función del relevamiento efectuado.
Ficha
- Proyecto
- 1.09.13
- Tipo
- Integral
- Año auditado
- 2009
- Período
- 2008
- Dirección
- D.G. Obras y Servicios Públicos
- Supervisión
- Cannilla Octavio
- Auditores
- Dra. Sandra Bergenfeld, Dr. Alejandro Fern ndez, Dr. Juan Carlos Toso, Dr. Santiago De Estrada, Dra. Paula Oliveto Lago, Ing. Adriano Jaichenco, Lic. Josefa Arminda Prada
- Fuente
- ficha en agcba.gov.ar
En el Plan Anual 2009
Instituto de la Vivienda
- Jurisdicción
- 20 - Jefatura de Gobierno
- Período
- 2008
- Horas
- 3400
Fuente: Auditoría General de la Ciudad de Buenos Aires (agcba.gov.ar) · los informes completos se descargan del sitio de la Auditoría