Convenios con Universidades Privadas en la Secretaría de Salud.
La Auditoría General de la Ciudad de Buenos Aires examinó los convenios que la Secretaría de Salud firmó con universidades privadas para que realicen actividades de docencia y capacitación en hospitales públicos, tomando como período examinado el año 2004 y analizando una muestra de seis hospitales. Encontró que esos convenios carecen de valor legal porque no contaron con la aprobación de la Legislatura, como exige la Constitución de la Ciudad. También detectó que las universidades usan la infraestructura, los bienes y el personal del Estado sin convenios específicos que regulen esas actividades, y que la Secretaría de Salud no les reclama el pago de las contraprestaciones que deben abonar, con deudas a punto de prescribir, lo que perjudica al erario público. Además, no existe un registro único de convenios y las actividades se desarrollan sin planificación ni control. La Auditoría concluye que la Secretaría de Salud incumple el ordenamiento jurídico vigente en esta materia.
Principales observaciones- Los convenios Nº 31 al 38 celebrados con las universidades privadas carecen de valor legal, ya que se incumplió el artículo 80, inciso 8 de la Constitución de la Ciudad y la cláusula séptima que estipulaba la participación de la Legislatura en la gestación del convenio.
- Las universidades privadas realizan las actividades de capacitación establecidas en los convenios marco suscriptos en 1999 sin haber firmado convenios específicos, utilizando la infraestructura, los bienes y los recursos humanos del Gobierno de la Ciudad.
- La Secretaría de Salud no intima a las universidades al pago de la contraprestación debida por los servicios prestados, omisión que, con las deudas a punto de prescribir, provoca un daño al erario público al evitar el ingreso de las sumas adeudadas.
- La inexistencia de un registro único de convenios en la Secretaría de Salud dificultó establecer el universo auditado, y una búsqueda manual permitió hallar convenios no informados por la Escribanía General, los Directores de Hospitales, los Comités de Docencia ni la Dirección de Asistencia Jurídica.
- El alcance de la auditoría quedó limitado por la imposibilidad de acceder a los expedientes administrativos que dieron origen a los convenios y a los que intentan prorrogarlos o renovarlos.
- Las universidades privadas realizan actividades de docencia en los efectores de salud sin planificación ni control por parte de la Secretaría de Salud, lo que provoca desorden en el sistema público de salud y lesiona los derechos de los pacientes, del personal asistencial y de los alumnos.
La Secretaría de Salud, en materia de convenios con universidades privadas, incumple con el ordenamiento jurídico vigente: no respetó la Cláusula Séptima del Decreto Nº 225/99 y de los convenios Nº 31 al 38/99, e incumplió las Cláusulas Primera y Segunda omitiendo el cobro de las sumas adeudadas por las universidades al Gobierno de la Ciudad.
Resumen hecho con IA por Ciudad Abierta a partir del informe ejecutivo de la Auditoría. Ante cualquier duda, manda el PDF.
Identificar las actividades que desarrollan las universidades privadas en los efectores de la Secretaría de Salud.
Ficha
- Proyecto
- 3.05.02 b
- Dirección
- D.G. Desarrollo Social y Salud
- Fuente
- ficha en agcba.gov.ar
En el Plan Anual 2005
Convenios con fundaciones, otras entidades públicas y prestadores introhospitalarios en la Secretaría de Salud.
- Jurisdicción
- 40 Secretaría de Salud
- Período
- 2004
- Horas
- 6.700
Fuente: Auditoría General de la Ciudad de Buenos Aires (agcba.gov.ar) · los informes completos se descargan del sitio de la Auditoría