SUPERINTENDENCIA DE VIOLENCIA FAMILIAR Y GÉNERO. ACCIONES DE CONTENCIÓN Y FORMACIÓN - RESOLUCION Nº 122
La Auditoría General de la Ciudad examinó durante el año 2024 el desempeño de la Superintendencia de Violencia Familiar y de Género de la Policía de la Ciudad, que atiende a las víctimas de violencia de género. La Auditoría encontró que una parte importante de las denuncias (el 26,20%) no pudo ser recibida por el área especializada por falta de anexos y terminó tomándose en comisarías comunales con personal no capacitado. También detectó que el área no accedía de forma directa y oportuna a la información del 911, que no todos los pedidos judiciales le llegan de manera obligatoria, que la formación inicial de la policía no incluye violencia de género, que la normativa no define claramente sus responsabilidades y que los sistemas informáticos no están bien conectados. Aun así, reconoce que el organismo tiene estructura especializada, protocolos y procesos establecidos, y concluye que hace falta fortalecer la gestión, la capacitación y la calidad de la información.
Principales observaciones- El 26,20% de las denuncias por violencia de género no pudieron ser recepcionadas por el área correspondiente debido a la falta de anexos específicos y terminaron tomándose en comisarías comunales por personal no capacitado, lo que incrementó la posibilidad de que los protocolos no se cumplieran adecuadamente.
- La Superintendencia no contó con información directa y oportuna sobre los hechos denunciados en la materia a través del 911 (el auditado respondió que en 2025 la División Sala de Situación accedió al sistema CARTAS SAE, tras un proceso de fortalecimiento organizacional).
- No es obligatorio que todas las solicitudes emitidas por el Poder Judicial relacionadas con casos de violencia de género sean gestionadas por el área correspondiente, por lo que las decisiones sobre medidas preventivas pueden carecer de asesoramiento especializado.
- La currícula del Instituto Superior de Seguridad Pública no incluye una formación básica que aborde la problemática de la violencia de género.
- La normativa vigente no delimita de manera expresa las responsabilidades primarias de la Superintendencia de Violencia Familiar y de Género ni de sus órganos dependientes.
- El sistema BPM no se encuentra correctamente integrado con el sistema GAP, por lo que las estadísticas producidas no reflejan con exactitud las bases de datos del área y resultan poco confiables para la toma de decisiones.
La Auditoría concluyó que la Superintendencia cuenta con una estructura operativa especializada, protocolos de actuación y procesos formalmente establecidos, pero que en 2024 existieron debilidades normativas, operativas y de gestión de la información que afectan la integralidad del sistema. Por ello, resulta necesario fortalecer la gestión, la coordinación interinstitucional, la capacitación, la definición de responsabilidades y la calidad de la información, para asegurar una intervención especializada en todos los casos y mejorar la toma de decisiones basada en datos confiables.
Resumen hecho con IA por Ciudad Abierta a partir del informe ejecutivo de la Auditoría. Ante cualquier duda, manda el PDF.
Unidad Ejecutora 3204. Programa 100: Policía de la Ciudad. Atención a las Víctimas de Violencia de Género.
Ficha
- Proyecto
- 5.25.13
- Tipo
- Desempeño
- Año auditado
- 2025
- Período
- 2024
- Dirección
- D.G. Seguridad y Relaciones Gubernamentales
- Director/a
- Garcia Valeria Alejandra
- Supervisión
- Ohoka Jorge Ricardo
- Fuente
- ficha en agcba.gov.ar
En el Plan Anual 2025
Superintendencia de Violencia Familiar y Género. Acciones de Contención y Formación
- Jurisdicción
- Superintendencia de Violencia Familiar y Género.
- Período
- 2024
Fuente: Auditoría General de la Ciudad de Buenos Aires (agcba.gov.ar) · los informes completos se descargan del sitio de la Auditoría