Prestadores de Seguridad Privada.
La Auditoría de la Ciudad revisó el control que ejerce la Subsecretaría de Seguridad Urbana sobre las empresas de seguridad privada y sus vigiladores, correspondiente al año 2004, verificando si se atendieron las recomendaciones de una auditoría anterior. Para eso examinó una muestra de 136 expedientes sobre un total de 298. Encontró que siguen pendientes las recomendaciones hechas a las empresas (presentar la garantía que exige la ley, acreditar antecedentes edilicios y de seguridad antes de habilitarse, presentar los libros societarios y tener un manual de procedimientos) y las referidas a los vigiladores (certificados psicofísicos que detallen qué estudios se les practicaron y comprobar que tienen los estudios primarios completos antes del alta). También advirtió que, después de la auditoría anterior, se sancionaron dos leyes sobre seguridad en locales bailables cuya aplicación no pudo evaluarse, un tema que considera de la mayor importancia por los hechos de violencia protagonizados por ese personal, y por eso propone hacer una auditoría especial sobre el punto.
Principales observaciones- El informe da seguimiento a las observaciones y recomendaciones de la auditoría anterior sobre el control de los prestadores de seguridad privada.
- Respecto de las empresas se mantienen las recomendaciones de exigir la garantía prevista por la ley, verificar los antecedentes edilicios y de seguridad antes de otorgar la habilitación, verificar la presentación de los libros societarios y contar con un manual de procedimientos.
- Respecto de los vigiladores se mantienen las recomendaciones de que los certificados psicofísicos detallen el tipo de test o análisis realizado y de verificar, antes del alta, la acreditación de estudios primarios completos.
- Con posterioridad a la auditoría anterior se dictaron la ley 1262, que instituye el Registro de Personal de Seguridad de Locales Bailables, y la ley 1913, de Régimen Especial de Seguridad en Locales de Bailes y Espectáculos en vivo, cuya implementación por el organismo no pudo ser analizada por limitaciones metodológicas.
- La AGCBA señala que el personal de seguridad de discotecas y locales similares ha protagonizado con frecuencia hechos de violencia, algunos con resultados fatales y gran trascendencia pública, por lo que considera el tema de la mayor importancia.
- La Auditoría propone planificar en el año en curso una auditoría especial sobre la implementación de esas nuevas normas.
La AGCBA considera que la implementación de las nuevas leyes sobre seguridad en locales bailables es una cuestión de la mayor importancia y que ello justificaría planificar en el año en curso una auditoría especial sobre el punto.
Resumen hecho con IA por Ciudad Abierta a partir del informe ejecutivo de la Auditoría. Ante cualquier duda, manda el PDF.
Dir. Gral. de Servicios de Seguridad Privada. Jurisdicción 26, Secretaría de Justicia y Seguridad Urbana. Programa Nº 2604 Control de Prestadores de Seguridad Privada.
ObjetivoEfectuar el seguimiento de las recomendaciones efectuadas.
AlcanceVerificar la puesta en marcha de las recomendaciones efectuadas en el organismo.
Ficha
- Proyecto
- 5.05.03
- Tipo
- Seguimiento
- Año auditado
- 2005
- Período
- 2004
- Dirección
- D.G. Asuntos Institucionales y Partidos Políticos
- Supervisión
- Gomez de la Fuente Pedro Antonio, Tufaro Juan Jose
- Auditores
- Lic. Matias Barroetave¤a, Dr. Antonio Rubén Campos, Dr. Nicolás Corradini, Dra. Alicia Margarita Boero, Lic. José‚ Luis Giusti, Lic. Josefa Arminda Prada
- Fuente
- ficha en agcba.gov.ar
En el Plan Anual 2005
Seguimiento de observaciones del proyecto 5.03.15, Dirección General Servicios de Seguridad Privada - Control de Prestadores de Seguridad Privada.
- Jurisdicción
- 26 Secretaría de Justicia y Seguridad Urbana
- Período
- 2003
- Horas
- 750
Fuente: Auditoría General de la Ciudad de Buenos Aires (agcba.gov.ar) · los informes completos se descargan del sitio de la Auditoría