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LEY N° 6170 - PLAN DE IGUALDAD REAL DE OPORTUNIDADES Y DE TRATO ENTRE MUJERES Y VARONES.

Proyecto 12.21.03 · Unidad de Proyectos Especiales · 2021 · publicado el 21 de enero de 2022

Qué encontró la Auditoría

La Auditoría General de la Ciudad de Buenos Aires revisó, en diciembre de 2021, cómo se cumplió durante 2020 la Ley N° 6170, que establece el Plan de Igualdad Real de Oportunidades y de Trato entre Mujeres y Varones. Encontró que la gran mayoría de los organismos públicos obligados a firmar Acuerdos de Gestión sobre igualdad de oportunidades no los suscribieron, por lo que tampoco quedaron registrados ante la Escribanía General de Gobierno. Además, detectó que el gasto etiquetado con perspectiva de género solo se identifica en un sistema informático y no en los reportes presupuestarios habituales, lo que dificulta seguir y controlar cómo se ejecuta. La Auditoría concluye que sería buena práctica coordinar los plazos de firma y registro de esos acuerdos con el cronograma anual del presupuesto, y advierte que todavía no existe la reglamentación de la ley para buena parte del sector público, como los Poderes Legislativo y Judicial, las Comunas y las empresas del Estado.

Principales observaciones
  • El 92,3% de los organismos públicos instruidos por la normativa vigente no suscribieron los Acuerdos de Gestión referidos a la aplicación de la Ley N° 474 (Plan de Igualdad de Oportunidades para Varones y Mujeres) y, por ende, no tuvieron la registración correspondiente en la Escribanía General de Gobierno de la Ciudad.
  • Para la elaboración de la Estrategia para la Igualdad de Género existió coordinación con la máxima autoridad del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, pero no se tuvo constancia del grado de participación de la Dirección General de la Mujer según lo establecido en el Decreto GCBA N° 181/08.
  • El etiquetado de las aperturas presupuestarias relacionadas con la perspectiva de género se registra solo en el sistema SI-GAFWEB mediante el código PPGenero y no se refleja en el módulo Presupuesto del SIGAF ni en el Anexo III del Presupuesto 2020 (Distribución Administrativa de Créditos).
  • El criterio adoptado por la DGOGEPU y la DGUIA para etiquetar las aperturas presupuestarias de la perspectiva de género hubiera imposibilitado aplicar procedimientos que permitieran controlar la relación entre la política de género expresada en los Acuerdos de Gestión y las asignaciones de los programas presupuestarios.
  • Ese mismo criterio de etiquetado tampoco posibilitó el relevamiento, análisis y control de la aplicación por parte de la Dirección General de Estadísticas y Censo, en virtud de lo dispuesto por la Ley N° 4892.
  • El criterio de etiquetado adoptado afectaría los lineamientos y parámetros del Plan de Transparencia Activa.
Conclusión

Las fechas de suscripción y registración de los Acuerdos de Gestión del período 2020 pueden resultar extemporáneas respecto de los plazos del cronograma anual de formulación del presupuesto, por lo que sería de buena práctica que las unidades ejecutoras y autoridades de aplicación coordinen y adecúen los procedimientos para ajustarse a esos plazos. Asimismo, aún no se encuentra la normativa que reglamente la aplicación de la Ley 6170 para el sector público no alcanzado por el Decreto GCBA N° 181/08 (Poderes Legislativo y Judicial, Comunas, organismos descentralizados, empresas y sociedades del Estado, entre otros).

Resumen hecho con IA por Ciudad Abierta a partir del informe ejecutivo de la Auditoría. Ante cualquier duda, manda el PDF.

Objeto

Ley N° 6170 Plan de Igualdad Real de Oportunidades y de Trato entre Mujeres y Varones.

Objetivo

Relevar en términos de eficiencia, eficacia y economía el cumplimiento de los objetivos institucionales y operativos, la adecuación de los recursos afectados al programa y la normativa vigente.

Alcance

El examen será realizado de conformidad con las normas de AUDITORIA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, aprobadas por Ley N° 325 y las normas básicas de Auditoría Externa, aprobadas por el Colegio de Auditores de la Ciudad de Buenos Aires según Resolución N° 161/00 AGC.

Ficha

Proyecto
12.21.03
Tipo
Relevamiento
Año auditado
2021
Período
2020
Dirección
Unidad de Proyectos Especiales
Supervisión
Pagnani Gustavo Javier
Auditores
Dra. Mariana Inés Gagliardi, Cdra. Mariela Coletta, Dr. Daniel Agustín Presti, Dr. Juan José‚ Calandri, Dr. Lisandro Mariano Teszkiewicz, Dr. Pablo Clusellas, Lic. María Raquel Herrero
Fuente
ficha en agcba.gov.ar

En el Plan Anual 2021

Ley N° 6170 Plan de Igualdad Real de Oportunidades y de Trato entre Mujeres y Varones

Jurisdicción
60- Ministerio de Economía y Finanzas
Período
2020
Horas
3000

Ver el plan 2021 y su ejecución

Fuente: Auditoría General de la Ciudad de Buenos Aires (agcba.gov.ar) · los informes completos se descargan del sitio de la Auditoría

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