Control de los Recursos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
La Auditoría General de la Ciudad revisó cómo se registraron los ingresos (recursos) del Gobierno de la Ciudad durante el año 2008, comparando lo que entró en las cuentas de Tesorería con lo que anotó Contaduría en la Cuenta de Inversión. Encontró que Contaduría no aportó la información necesaria para explicar las diferencias entre ambas cifras en algunos impuestos, como el de Inmuebles y el sobre los Ingresos Brutos. También señaló que no existe un procedimiento escrito para asignar contablemente el dinero que ingresa por las cajas recaudadoras, tarea que depende del conocimiento y experiencia de cada empleado, y que un plazo fijo a nombre del Hospital Rivadavia, originado en un contrato de 1994, seguía sin transferirse a Tesorería, situación que se regularizó en abril de 2009. La Auditoría concluyó que no pudo comprobar que los registros de los recursos tributarios reflejen todo lo recaudado, aunque los demás conceptos revisados reflejaron razonablemente las recaudaciones.
Principales observaciones- La Dirección General de Contaduría no brindó la información de las cifras, imputaciones y ajustes necesarias para conciliar las cifras de la Cuenta de Inversión 2008 con las de la Dirección General de Tesorería en los conceptos de Inmuebles e Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
- Existieron diferencias no conciliadas entre la Cuenta de Inversión 2008 y la información de Tesorería: en Inmuebles la diferencia fue de 30,3 millones de pesos (2,21%) y en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos de 693.520 pesos (0,01%).
- No existe un procedimiento escrito para la imputación contable de los ingresos en efectivo y cheques provenientes de las cajas recaudadoras, tarea que se realiza según el conocimiento y experiencia personal de los agentes.
- Durante 2008 se mantuvo un plazo fijo en el Banco Ciudad a nombre del Hospital Rivadavia, originado en un contrato de 1994, cuyos fondos no fueron transferidos a Tesorería ni registrados sus intereses, en incumplimiento del artículo 100 inciso c) de la Ley 70; la situación se regularizó el 22/04/2009.
No fue posible comprobar que las registraciones de los Recursos Tributarios efectuadas por Contaduría y expuestas en la Ejecución del Cálculo de Recursos 2008 reflejen la totalidad de las recaudaciones ingresadas en Tesorería, por las limitaciones al alcance y la falta de conciliación. Los conceptos de Otros Recursos auditados reflejaron razonablemente, en sus aspectos significativos, las recaudaciones ingresadas, y se comprobó el cumplimiento del artículo 100 inciso c) de la Ley 70 sobre los ingresos auditados.
Resumen hecho con IA por Ciudad Abierta a partir del informe ejecutivo de la Auditoría. Ante cualquier duda, manda el PDF.
Registros de recursos de la Dir. Gral. de Tesorería. Dir. Gral. de Contaduría. Dir. Gral. de Rentas. Administración Gubernamental de Ingresos Públicos.
ObjetivoExaminar la registración de los recursos tributarios y Otros recursos y el cumplimiento de la Ley N° 70 art. 100 inc. C. Examinar la concordancia entre las recaudaciones ingresadas en la Tesorería General en concepto de RecursosTributarios y de Otros Recu
AlcanceEvaluar la recaudación por ingresos tributaros y otros recursos del año 2008, informada por el BCBA; Registraciones de ingresos tributaros y otros recursos del año 2008 en la CUT y su exposición en la Cuenta de Inversión 2008
Ficha
- Proyecto
- 4.09.02
- Tipo
- Financiera
- Año auditado
- 2009
- Período
- 2008
- Dirección
- D.G. Economía Hacienda y Finanzas
- Supervisión
- Moglia Luis
- Auditores
- Dra. Sandra Bergenfeld, Dr. Alejandro Fern ndez, Dr. Juan Carlos Toso, Dr. Santiago De Estrada, Dra. Paula Oliveto Lago, Ing. Adriano Jaichenco, Lic. Josefa Arminda Prada
- Fuente
- ficha en agcba.gov.ar
En el Plan Anual 2009
Control de los Recursos de la CABA
- Jurisdicción
- 60 - Ministerio de Hacienda
- Período
- 2008
- Horas
- 2400
Fuente: Auditoría General de la Ciudad de Buenos Aires (agcba.gov.ar) · los informes completos se descargan del sitio de la Auditoría